Que es?
Un sistema de apoyo oficial mediante la financiación de estudios de viabilidad de proyectos e inversiones de empresas españolas en el exterior. Incluye tanto la financiación vinculada al antiguo Fondo de Estudios de Viabilidad modalidad pública, como todos los estudios, asistencias técnicas y consultorías relacionados con proyectos susceptibles de financiación con cargo al FIEM.
Que normativa lo regula?
La financiación con cargo al FIEM de los estudios de viabilidad, consultorías y asistencias técnicas se regulan en la Ley 11/2010 de 28 de junio y en el reglamento del FIEM. Así mismo, se tendrá en cuenta lo establecido en el Acuerdo de Consejo de Ministros de 17 de diciembre de 2010, por el que se aprueba la integración de la línea de financiación de FEV modalidad pública en el FIEM, que adapta el concepto y funcionamiento del antiguo FEV público al más amplio de financiación complementaria a proyectos del artículo 6 del reglamento del FIEM, y elimina los límites de imputación en forma de línea que existían en el extinto FAD para la Internacionalización.
Quien lo gestiona?
La Subdirección de Fomento Financiero para la Internacionalización (SGFFI) del Ministerio de Industria Turismo y Comercio.(sgfomento.sscc@comercio.mityc.es).
Objeto de la financiación:
Umbrales orientativos de los Fondos destinados a Estudios de Viabilidad, Asistencias Técnicas y Consultorías o Ingenierías:
Para ampliar información, contactar: sgfomento.sscc@comercio.mityc.es
[1] Lista corta: Una vez aprobada la donación y el procedimiento a utilizar, la SG FFI preparará una Petición de Expresiones de Interés que se publicará en los mismos lugares indicados para el concurso, siendo el plazo habitualmente establecido para la presentación de Expresiones de Interés de dos semanas. La Administración beneficiaria las valorará de acuerdo con los criterios establecidos y hará una propuesta de lista corta, en función de las referencias aportadas. Siempre que sea posible, la lista corta deberá contener un mínimo de tres empresas. La SG FFI y la Unidad Técnica de Apoyo supervisarán todo el procedimiento de valoración y, en su caso, comunicarán la no objeción a la lista corta seleccionada. Con esa no objeción, la Administración beneficiaria procederá a solicitar a las empresas seleccionadas la preparación de una oferta técnica y financiera y realizará la adjudicación final según el procedimiento establecido.
[2] Concurso público: La convocatoria consta de una nota informativa con la invitación a ofertar y los datos básicos del concurso más los TOR. El plazo fijado para la presentación de las ofertas variará en función de la complejidad del estudio propuesto, con un mínimo de un mes y una duración habitual de mes y medio o dos meses. La evaluación concluirá con una ordenación de las ofertas, primero en el aspecto técnico, y luego teniendo ya en consideración el elemento de coste, en función de los criterios de selección indicados. La Administración beneficiaria deberá comunicar por escrito a todos los licitantes el resultado del concurso, contando además con la no objeción de DGCOMINVER.
Gobierno de España . Ministerio de Economía y Competitividad