La norma básica en la que se apoya el régimen de certificados es la Organización Común de Mercados (OCM). La OCM única está recogida en el Reglamento (CE) nº 1234/2007 de 22 de octubre de 2007 (DO L299 de 16.11.2007) que regula en el sector de las carnes de ave de corral los productos que figuran en el apartado 1, artículo 1, parte XX del Anexo I del citado reglamento.
En el apartado 1 del artículo 130 del Reglamento (CE) 1234/2007, se establece que los productos contemplados podrán estar sujetos a la presentación de un certificado de importación, asimismo en el apartado 1 del artículo 161, del citado reglamento, se indica que la exportación de los productos mencionados podrá superditarse a la presentación de un certificado de exportación
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